jueves, 29 de marzo de 2012

Horas Extra

La jornada laboral es de 8 horas diarias o menos si así lo han pactado las partes (Consulte:Jornada laboral ordinaria), y por regla general las  8 horas se deben trabajar durante el día, así que si se trabaja más de las 8 horas al día, o se trabaja de noche o un festivo o domingo, se debe pagar un recargo por ello.

Fuente: Propia

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